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Sentencian a 9 años de cárcel a sujeto que golpeó y quemó a su hijastro

POR: / 14 de noviembre de 2017

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CUAUTITLÁN, Méx.- 14 DE NOVIEMBRE DE 2017.- Rubén Díaz Alamilla, padrastro del niño Owen, fue sentenciado a nueve años de prisión por maltratar, golpear y quemar al menor, en hechos ocurridos en mayo del 2014, en la unidad Parque San Mateo, en este municipio.

La Fiscalía de Justicia de la entidad informó en un comunicado que un juez emitió dicha sentencia contra Díaz Alamilla por los delitos de lesiones y violencia familiar, quien además enfrenta otra sentencia de tres años cuatro meses por el delito de actos libidinosos cometidos en agravio del niño.

El 16 de mayo de 2014, la agresión al pequeño Owen fue difundida en redes sociales, el cual fue internado en el hospital del Isemym de Tlalnepantla con diversas lesiones, entre ellas quemaduras en una mano y perforación del intestino.

Autoridades detuvieron a la madre del menor, Irma Virginia “N”, que laboraba como policía de Cuautitlán, la cual posteriormente fue liberada.

La fiscalía mexiquense recordó que en junio del 2014 ofreció recompensa de 250 mil pesos para localizar a Díaz Alamilla, también ex policía de Cuautitlán, que fue detenido el 10 de junio del mismo año en la comunidad  San Miguel, municipio de Tequixquiac, estado de México, donde se ocultaba.

Mencionó que el padrastro de Owen permanece en el penal de Cuautitlán, donde enfrentará ambas sentencias.

“Los elementos de prueba recabados y aportados por el agente del Ministerio Público fueron determinantes para que un Juez del Distrito Judicial de Cuautitlán dictara esta sentencia condenatoria por los delitos de lesiones y violencia familiar en contra de Díaz Alamilla”, expresó.

La fiscalía mexiquense mencionó que la sentencia es de nueve años de prisión y fijó multa de 67 mil 290 pesos como reparación del daño, además de la otra sentencia por actos libidinosos, de tres años cuatro meses, por lo que suma dos condenas en su contra.

“El caso Owen también fue emblemático porque representó una modificación al Código Penal para ajustar el tipo penal de violencia intrafamiliar, no solamente por los padres directos o las parejas sentimentales sino toda persona que estuviera en el núcleo familiar del niño o la niña lesionada o aquella que fuera la víctima, también sería probable responsable por la comisión de este delito”, concluyó Alejandro Jaime Gómez Sánchez, fiscal del Estado de México.

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